Santo Domingo. - El director ejecutivo del Instituto
Dominicano de Prevención y Protección de Riesgos Laborales (IDOPPRIL), doctor
Fausto López Solís, llamó a los trabajadores extranjeros con estatus migratorio
regularizado que prestan servicios en el país a exigir a sus empleadores que
les inscriban al Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS).
El incumbente recordó que todo empleado se expone a la
ocurrencia de accidentes de índole laboral o alguna enfermedad profesional.
"Sin embargo, si no le han inscrito al SDSS no podrá hacer el reporte de
estos incidentes y, en consecuencia, no recibirá los beneficios y cobertura que
ofrece este Seguro", aclaró.
En una comunicación de prensa, López Solís detalló que para
acceder a estas facilidades es primordial que dichas personas se regularicen
ante el Ministerio de Migración y/o el de Interior y Policía. "Una vez
obtenido el carnet de trabajadores temporales, su empleador podrá inscribirles
en la Tesorería de la Seguridad Social y empezarán a cotizar", agregó.
Dijo que, de este modo, podrán reportar cualquier evento
laboral y, en caso de ser calificado, tendrán cobertura ante accidentes de
trabajo, en trayecto o enfermedad profesional.
Sobre el Seguro de Riesgos Laborales (SRL), el director del
IDOPPRIL precisó que este cubre toda lesión corporal o estado mórbido durante
el tiempo y el lugar de trabajo. Además, accidentes a consecuencia de tareas
encomendadas por el empleador, aún distintas a la profesión u ocupación del
colaborador.
Igualmente, los accidentes en actos de salvamentos, cuando
tengan conexión con el trabajo, así como accidentes de tránsito y en trayecto,
dentro de la ruta y horario laborales establecidos. El SRL también cubre las
enfermedades profesionales cuya causa directa provenga de la profesión o el
servicio que se realiza.
El funcionario añadió que las personas beneficiarias del SRL
son las afiliadas al mismo y sus dependientes. Aquí hizo referencia a su
cónyuge o compañero/a de vida durante los tres años anteriores a su
inscripción. De igual modo, los hijos del afiliado menores de 21 años que sean
estudiantes. También, vástagos discapacitados, independientemente de su edad,
pero que dependan del afiliado que hubiere fallecido.
"Las prestaciones en especie son: atenciones médicas, quirúrgicas,
hospitalización, farmacéutica, servicios odontológicos y de rehabilitación,
prótesis, anteojos, aparatos ortopédicos y su reparación que resulte necesaria
a consecuencia de un accidente de trabajo o enfermedades profesionales",
puntualizó López Solís.
En cuanto a las prestaciones en dinero, dijo que entregan
subsidio por discapacidad, indemnización, pensión y gastos fúnebres.
"Para recibir estos beneficios, los trabajadores
extranjeros regularizados deben tener activo su Número de Seguridad Social
(NSS)", señaló el funcionario al agregar que se trata de un indicador de
que están afiliados a la Tesorería de la Seguridad Social (TSS).
"En caso de pensión por sobrevivencia, sus documentos
definitivos, emitido por el Ministerio de Interior y Policía, en el marco del
Plan Nacional de Regularización de Extranjeros, deben estar vigentes”, afirmó
el director ejecutivo del IDOPPRIL.
Estos servicios deben ser solicitados o tramitados a través
de las oficinas que el IDOPPRIL tiene diseminadas por todo el territorio
nacional.
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